-

Arquitectura Diseñoy Construcción



ABOGADOS LABORALES

ORDENANZA GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCION

TITULO V
De la construccion
CAPITULO II
De las inspeciones y recepciones de obras

La resolución aprobatoria de las modificaciones al proyecto se podrá
emitir en forma simultánea con el certificado de recepción, archivándose ambos documentos junto a los planos actualizados en el respectivo expediente.


Artículo 5.2.9. Las Direcciones de Obras Municipales podrán en cualquier
momento después de la recepción definitiva de una obra, fiscalizar el cumplimiento de las normas sobre seguridad y conservación de las edificaciones.


Artículo 5.2.10. El propietario o administrador responsable de un edificio cuya carga
de ocupación sea de 100 o más personas, deberá entregar al Cuerpo de Bomberos
respectivo, una vez efectuada la recepción definitiva, un plano del edificio con indicación de los grifos, accesos, vías de evacuación, sistemas de alumbrado, calefacción y otros que sea útil conocer en caso de incendio. En dicho plano se indicarán también los artefactos a gas contemplados y sus requerimientos de ventilación.

Los Cuerpos de Bomberos estarán facultados para inspeccionar, con
autorización del propietario o del administrador, en su caso, las condiciones generales de seguridad, de seguridad contra incendio y el funcionamiento de las instalaciones de emergencia de los edificios. Si con motivo de la inspección se constataren anomalías en el funcionamiento de las instalaciones de emergencia del edificio o en la ventilación de los recintos o que no se cumplen las condiciones de seguridad previstas en la presente Ordenanza, el Comandante del Cuerpo de Bomberos respectivo dará cuenta por escrito del resultado de la inspección al Director de Obras Municipales y a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, según corresponda, a fin de que se adopten las medidas legales pertinentes.

Los Cuerpos de Bomberos estarán habilitados para revisar
periódicamente los grifos de incendio, con autorización del propietario o del administrador, en su caso, y las cañerías matrices que los abastecen, con el objeto que éstos estén siempre en perfectas condiciones de servicio. Si con motivo de las revisiones periódicas se constataren anomalías, el Comandante del Cuerpo de Bomberos deberá notificarlas por escrito a la Empresa o Servicio competente para su reparación.

 

Anterior

ABOGADOS LABORALES

ABOGADOS LABORALES

Diseño de Casas

Ordenanza general de urbanismo y construcciones

Ley general de urbanismo y construcciones

Municipalidades de chile

Materiales de construccion

Colegio de arquitectos de Chile

Arquitecto - Regularizaciones - Diseño de Casas

 

Materiales de construccion

Definiciones Ordenanza general urbanismo y Construcciones

Copyright © 2011 Andrade & Silva Arquitectos Limitadaeb Design by Studio7designs

Studio7designs