ASESORIAS EN PERMISOS DE EDIFICACION, RECEPCIONES Y CERTIFICACIONES - ARQUITECTO
ARQUITECTO REVISOR INDEPENDIENTE - PERMISOS DE EDIFICACION - REGULARIZACION DE PARCELAS
ARQUITECTO REVISOR INDEPENDIENTE CON EXPERIENCIA EN OBTENCION DE PERMISOS DE EDIFICACION Y RECEPCION FINAL
ORDENANZA GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCION
TITULO IV
De la arquitectura
CAPITULO IX
Hoteles,
hogares, residenciales y hospederias
Artículo
4.9.1. Todo edificio destinado al
hospedaje de personas, sea este hotel,
motel, apart-hotel, residencial, pensión,
hogar de ancianos o de niños, hospedería,
casa de acogida, o similar, deberá
cumplir, además de las normas generales
de esta Ordenanza que le sean aplicables,
con las de este Capítulo, prevaleciendo
éstas sobre aquéllas cuando
no sean compatibles o exista contradicción
entre ellas. Sin perjuicio de lo anterior,
para su funcionamiento los hoteles y moteles
deberán cumplir, además, con
los reglamentos especiales establecidos por
el Ministerio de Economía Fomento y
Reconstrucción y por el Ministerio
de Salud, en lo que no se contraponga con
esta Ordenanza.
Artículo 4.9.2. Para
los efectos de la aplicación de las
normas de evacuación
contenidas en el Capítulo 2 de este
mismo Título, las habitaciones de los
edificios destinados a hospedaje que contemplen
4 o más pisos serán consideradas
como unidades funcionales independientes.
Artículo 4.9.3. Para
los efectos de la aplicación de las
normas contra incendio
contenidas en el Capítulo 3 de este
mismo Título, las habitaciones de los
edificios destinados a hospedaje serán
consideradas como unidades funcionales independientes
sólo cuando se trate de unidades acogidas
a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria.
Artículo 4.9.4. Los
establecimientos de 3 o más pisos que
contemplen más de 50
habitaciones o una carga de ocupación
superior a 50 personas, deberán consultar
al menos dos escaleras, pudiendo una de ellas
ser de servicio.
Artículo 4.9.5. Las
duchas, tinas y lavamanos de estos establecimientos
deberán
tener agua caliente.
Artículo
4.9.6. Cuando no se consulten salas
de baño independientes completas
para cada habitación, se deberá
disponer:
1. Un lavamanos con agua corriente y desagüe
en cada habitación.
2. Una sala de baño con tina o ducha
y lavamanos por cada cuatro habitaciones o
por cada cinco personas que pueda hospedar
el establecimiento.
3. Un inodoro independiente por cada 5 habitaciones,
consultándose, en todo caso,
uno en cada piso.
Artículo 4.9.7. En
caso de consultarse salas de baño independientes
para cada
habitación, éstas deberán
tener ducha, lavamanos e inodoro.
Artículo 4.9.8. Las
salas de baño y demás recintos
de servicios higiénicos tendrán
pavimento y zócalo impermeable hasta
una altura de 1,20 m, a lo menos y las paredes
serán pintadas al óleo o recubiertas
con algún material lavable.
Artículo 4.9.9. Los
edificios destinados a hoteles deben contar,
además, con
servicios higiénicos independientes
para hombres y mujeres, destinados a las visitas
del establecimiento.
Artículo 4.9.10. Todo
establecimiento que suministre comidas a sus
huéspedes
deberá contar con un recinto destinado
a cocina de superficie equivalente a 1,5 m2
por cada una de las primeras 20 habitaciones,
más 1 m2 por cada cinco habitaciones
suplementarias o fracción de esta cifra.
La superficie mínima de la cocina será
de 20 m2.
Artículo 4.9.11. Las
cocinas deberán estar provistas de
dispositivos de ventilación
natural o artificial eficaces; el pavimento
y zócalo, hasta una altura mínima
de 1,40 m deben ser impermeables y el resto
de las superficies de muros y el cielo, pintados
al óleo u otro material lavable.
HABILITACION DE LOCALES COMERCIALES
REGULARIZACION DE PARCELAS DE AGRADO
Artículo 1.1.2. Definiciones. Los siguientes vocablos tienen en esta Ordenanza el significado que se expresa
- Acera
- Alteración
- Altura de edificación
- Ampliación
- Antejardín
- Antena
- Anteproyecto
- Arcada, Arquería
- Area de extención Urbana
- Area de proteccion Costera
- Área rural
- Área urbana
- Área verde
- Área verde pública
- Asentamiento humano
- Bandejón
- Barrio
- Calle
- Calle ciega
- Calzada
- Capacidad máxima de edificación
- Carga de ocupación
- Centro comercial
- Centro comercial abierto
- Centro comercial cerrado (Mall)
- Centro de servicio automotor
- Ciclovía
- Coeficiente de constructibilidad
- Coeficiente de ocupación de los pisos superiores
- Coeficiente de ocupación del suelo
- Columnata
- Condiciones Urbanísticas
- Construcción
- Construcción por partes
- Construcción simultánea
- Constructor
- Crecimiento urbano por extensión
- Crecimiento urbano por densificación
- Cuadra
- Densidad
- Densidad bruta
- Densidad neta
- Depósito de vehículos
- Desmonte
- Distanciamiento
- Ducto
- Edificación aislada
- Edificación colectiva
- Edificación continua
- Edificación pareada
- Edificio
- Edificio comercial
- Edificio con protección activa
- Edificio de estacionamiento
- Edificio de oficinas
- Edificio de uso público
- Edificio industrial
- Elemento constructivo
- Elemento de estructura
- Elementos de construcción no combustibles
- Elementos industriales para la construcción
- Equipamiento
- Espacio público
- Espesor de un muro
- Establecimiento de bodegaje
- Estación de intercambio modal
- Estación de servicio automotor
- Estudio de ascensores
- Estudio de carga combustible
- Estudio de evacuación
- Estudio de riesgos
- Estudio de seguridad
- Fachada
- Fachada con vano
- Galería
- Inmueble de conservación histórica
- Inspector técnico
- Instalación de publicidad
- Instrumento de Planificación Territorial
- Libro de Obras
- Línea de edificación
- Línea de la playa
- Línea oficial
- Local
- Lote
- Loteo de terrenos
- Maestranza
- Mansarda
- Manzana
- Mediana
- Modificación de proyecto
- Monumento Nacional
- Muro cortafuego
- Muro de separación
- Muro divisorio
- Muro exterior
- Muro medianero
- Muro soportante
- Norma técnica
- Norma Técnica Oficial
- Normas urbanísticas
- Obras de mantención
- Obra gruesa
- Obra gruesa habitable
- Obra menor
- Obra nueva
- Ochavo
- Parque
- Pasaje
- Patio
- Patio de comidas
- Patrón Nacional para la Elaboración de Instrumentos de Planificación Territorial
- Pendiente promedio de un terreno
- Persona con discapacidad
- Piso mecánico
- Piso subterráneo
- Playa de mar
- Plaza
- Portal
- Pórtico
- Predio
- Predio remanente
- Primer piso
- Profesional competente
- Profesional especialista
- Propiedad abandonada
- Propietario
- Propietario primer vendedor
- Proyectista
- Proyecto
- Proyecto no residencial
- Proyecto residencial
- Publicidad
- Puerta de escape
- Rasante
- Recinto
- Reconstrucción de un inmueble
- Red vial básica
- Red vial estructurante
- Rehabilitación de un inmueble
- Remodelación de un inmueble
- Reparación
- Restauración de un inmueble
- Revisor de Proyecto de Cálculo Estructural
- Revisor independiente
- Saldo predial
- Sistema automático de extinción de incendio
- Sistema de evacuación de personas
- Sistema de Información Geográfica (SIG)
- Sistema de Información Territorial (SIT)
- Sistema de seguridad
- Subdivisión de terrenos
- Suelo natural
- Superficie común
- Superficie edificada
- Superficie servida
- Superficie útil
- Supermercado
- Supervisor
- Tabique no soportante
- Tabique soportante
- Taller
- Taller mecánico
- Teatro
- Techumbre
- Terminal de servicios de locomoción colectiva urbana
- Terminal de vehículos
- Terminal externo
- Terreno de playa
- Unidad funcional independiente
- Urbanizar
- Uso de suelo
- Vereda
- Vía
- Vías de evacuación
- Volumen de la edificación
- Volumen teórico
- Vivienda
- Vivienda unifamiliar
- Zona
- Zona central
- Zona de conservación histórica
- Zona de Protección Costera
- Zona norte
- Zona sur
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