ASESORIAS EN PERMISOS DE EDIFICACION, RECEPCIONES Y CERTIFICACIONES - ARQUITECTO

ARQUITECTO REVISOR INDEPENDIENTE - PERMISOS DE EDIFICACION - REGULARIZACION DE PARCELAS

REGULARIZACION DE PARCELAS - REGULARIZACION LOCALES COMERCIALES - REGULARIZACION DE GALPONES - PERMISO DE EDIFICACION - RECEPCION FINAL - FUSIONES - SUBDIVISIONES - LOTEOS - CAMBIO DE DESTINO - PROYECTOS SANITARIOS - CERTIFICADO DOTACION SANITARIA - REGULARIZACIONES - CERTIFICADO INSTALACIONES SANITARIAS - PROYECTOS URBANOS - PROYECTOS RURALES - PROYECTOS DE ARQUITECTURA

ARQUITECTO REVISOR INDEPENDIENTE CON EXPERIENCIA EN OBTENCION DE PERMISOS DE EDIFICACION Y RECEPCION FINAL

ORDENANZA GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCION

TITULO V
De la construccion
CAPITULO IV
Solicitaciones de las construcciones

Artículo 5.4.1. Para el avalúo del peso propio se adoptarán los siguientes pesos
unitarios:

Artículo 5.4.2. Se adoptarán las siguientes sobrecargas mínimas en el cálculo de las
construcciones:

1. Los techos horizontales o de inclinación menor de 1/20 se calcularán con una
sobrecarga mínima de 100 kg/m2, además de las que correspondan a la acción
del viento y de la nieve. Esta solicitación se aumentará en 250 kg/m2 si el techo,
por su disposición, puede emplearse como terraza. Los techos con inclinación
superior a 1/20 se calcularán con una sobrecarga mínima de 30 kg/m2, además
de las que correspondan a la acción del viento y de la nieve. Las costaneras se
verificarán, en todo caso, para una carga concentrada de 100 kg aplicada en el
centro del paño.

2. Piso de entretechos y mansardas de habitación                           150kg/m2

3. Pisos de departamentos y dormitorios de hoteles                         200kg/m2

4. Pisos de oficinas                                                                       250kg/m2

5. Pisos en hospitales, asilos, escuelas, salas de exposición           300kg/m2

6. Pisos en teatros, salas de conferencias, de baile,
gimnasios, iglesias, salas de exposición de más
de 50 m2, tribunas de asientos fijos, almacenes,
centros comerciales, edificios de uso público en
general y suelos de patios en que no circulan vehículos                                                                                       400kg/m2

7. Talleres y fábricas con maquinarias livianas, y
recintos por los que se desplazan vehículos o
animales (Se entenderá por maquinaria liviana
la que dé una reacción inferior a 750 kg por
apoyo                                                                                      500kg/m2

8. Librerías, archivos, bibliotecas                                              600kg/m2

9. Tribunas sin asientos fijos, graderías                                      700kg/m2

10. Suelos de patios en que circulan vehículos,
siempre que no actúen fuerzas concentradas
extraordinarias                                                                          800kg/m2

11. En las barandas de escaleras y balcones se considerará una fuerza horizontal de 50 kg por metro lineal dirigida hacia el exterior y aplicada a la altura del
pasamanos. En los teatros y otras salas de reunión, edificios deportivos y tribunas,
esta fuerza se tomará igual a 100 kg por metro lineal.


Artículo 5.4.3. Las cifras señaladas en el artículo anterior son aplicables únicamente cuando las solicitaciones provengan del uso normal por personas, muebles, utensilios o cantidades pequeñas de mercaderías.

La solicitación especial que pueda producirse por la acumulación de,
entre otros, libros, mercaderías, máquinas, cajas de fondo, vehículos, se deberá considerar adicionalmente.

La Dirección de Obras Municipales, resolverá acerca de las
sobrecargas que hayan de adoptarse para el cálculo en los talleres, bodegas o locales con maquinarias pesadas y cuando haya cargas que produzcan trepidaciones, teniendo en cuenta, al mismo tiempo, el recargo que haya de aplicarse para considerar las acciones dinámicas.

En los edificios de varios pisos destinados a viviendas u oficinas, las
sobrecargas que actúan sobre cimientos, pilares y muros podrán reducirse de acuerdo a la siguiente tabla, considerando el nivel de techo como piso:


Artículo 5.4.4.
Se tomarán como superficies sometidas a la acción del viento las
siguientes:

1. Las superficies efectivas, en las construcciones limitadas por superficies planas.

2. La superficie proyectada normalmente a la dirección del viento, en construcciones de sección circular.

3. La primera superficie de techo en su totalidad y las siguientes con un 50% de la
efectiva, cuando los techos estén colocados unos tras otros (p. ej.: techos shed)
en un mismo edificio. Cada techo debe comprobarse, sin embargo,
separadamente y con su superficie total.

4. La dirección del viento se supondrá horizontal y se considerará en techos con
pendientes hasta de 45 grados; y sólo cuando haya posibilidades de acumulación
de nieve en los puntos de concurrencia de varios techos, en casos de pendientes
superiores.

5. Se tomará como acción del viento por unidad de superficie la establecida en las
normas oficiales sobre construcciones de hormigón armado.


Artículo 5.4.5. En los cálculos de estabilidad de toda construcción se tomará en
cuenta la acción sísmica de acuerdo a las normas oficiales y se establecerán las solicitaciones y fatigas que ella produce en sus diversos elementos. Estas solicitaciones, sumadas a las provenientes del peso propio y de la mitad de la sobrecarga más la mitad de la acción de la temperatura, no deben sobrepasar los límites admisibles oficiales para los diversos materiales que se establezcan en las normas. El cálculo de estabilidad de las construcciones y de sus fundaciones podrá hacerse considerándolas como un conjunto resistente.

Las solicitaciones provenientes, entre otros, del peso propio,
sobrecarga, temperatura, viento, asentamiento de apoyos, con exclusión de la acción sísmica, deben quedar, al mismo tiempo, dentro de los límites fijados en las normas para estas solicitaciones.


Artículo 5.4.6. Cada edificio se construirá, en general, como un cuerpo o conjunto de cuerpos aislados con sus muros propios independientes, y los edificios en que la acción sísmica deba asimilarse a una vibración horizontal, no podrán construirse formando un sólo cuerpo con los edificios vecinos, salvo que se trate de edificios calculados expresamente para vibrar en conjunto con sus vecinos.


Artículo 5.4.7. En los edificios de albañilería de ladrillos o bloques, sin armar, la fatiga de corte no podrá ser mayor de: (0.5 más 0.1 sigma) kg/cm2, siendo sigma la fatiga de compresión efectiva.

En el caso de bloques huecos, las fatigas anteriores se refieren a las secciones efectivas de contacto.

CONTACTO ARQUITECTO

HABILITACION DE LOCALES COMERCIALES

REGULARIZACION DE PARCELAS DE AGRADO

 

 

 

Definiciones Ordenanza General Urbanismo Construcción

Artículo 1.1.2. Definiciones. Los siguientes vocablos tienen en esta Ordenanza el significado que se expresa

Acera

Alteración

Altura de edificación


Ampliación


Antejardín


Antena


Anteproyecto


ArcadaArquería


Area de extención Urbana

Area de proteccion Costera

Área rural


Área urbana


Área verde


Área verde pública


Asentamiento humano


Bandejón


Barrio


Calle


Calle ciega


Calzada


Capacidad máxima de edificación


Carga de ocupación


Centro comercial


Centro comercial abierto


Centro comercial cerrado 
(Mall)

Centro de servicio automotor


Ciclovía


Coeficiente de constructibilidad


Coeficiente de ocupación de los pisos superiores


Coeficiente de ocupación del suelo


Columnata


Condiciones Urbanísticas


Construcción


Construcción por partes

Construcción simultánea


Constructor


Crecimiento urbano por extensión


Crecimiento urbano por densificación


Cuadra


Densidad


Densidad bruta


Densidad neta


Depósito de vehículos


Desmonte


Distanciamiento


Ducto


Edificación aislada


Edificación colectiva


Edificación continua


Edificación pareada


Edificio


Edificio comercial


Edificio con protección activa


Edificio de estacionamiento


Edificio de oficinas


Edificio de uso público


Edificio industrial


Elemento constructivo


Elemento de estructura


Elementos de construcción no combustibles


- Elementos industriales para la construcción


Equipamiento


Espacio público

Espesor de un muro


Establecimiento de bodegaje


Estación de intercambio modal


Estación de servicio automotor

Estudio de ascensores


Estudio de carga combustible


Estudio de evacuación


Estudio de riesgos


Estudio de seguridad


Fachada


Fachada con vano


Galería


Inmueble de conservación histórica


Inspector técnico


Instalación de publicidad


Instrumento de Planificación Territorial


Libro de Obras


Línea de edificación


Línea de la playa


Línea oficial


Local


Lote


Loteo de terrenos


Maestranza


Mansarda


Manzana


Mediana


Modificación de proyecto


Monumento Nacional


Muro cortafuego


Muro de separación


Muro divisorio


Muro exterior


Muro medianero


Muro soportante


Norma técnica


Norma Técnica Oficial


Normas urbanísticas


Obras de mantención


Obra gruesa


Obra gruesa habitable


Obra menor


Obra nueva


Ochavo


Parque


Pasaje


Patio


Patio de comidas


Patrón Nacional para la Elaboración de Instrumentos de Planificación Territorial


Pendiente promedio de un terreno


Persona con discapacidad


Piso mecánico


Piso subterráneo


Playa de mar


Plaza


Portal


Pórtico


Predio


Predio remanente


Primer piso


Profesional competente


Profesional especialista


Propiedad abandonada


Propietario


Propietario primer vendedor


Proyectista


Proyecto


Proyecto no residencial


Proyecto residencial


Publicidad


Puerta de escape


Rasante


Recinto


Reconstrucción de un inmueble


Red vial básica


Red vial estructurante


Rehabilitación de un inmueble


Remodelación de un inmueble


Reparación


Restauración de un inmueble


Revisor de Proyecto de Cálculo Estructural


Revisor independiente


Saldo predial


Sistema automático de extinción de incendio


Sistema de evacuación de personas


Sistema de Información Geográfica
 (SIG)

Sistema de Información Territorial (SIT)

Sistema de seguridad

Subdivisión de terrenos

Suelo natural

Superficie común

Superficie edificada

Superficie servida

Superficie útil

Supermercado

Supervisor

Tabique no soportante

Tabique soportante

Taller


Taller mecánico


Teatro


Techumbre


Terminal de servicios de locomoción colectiva urbana


Terminal de vehículos


Terminal externo


Terreno de playa


Unidad funcional independiente


Urbanizar


- Uso de suelo


Vereda


Vía


Vías de evacuación


Volumen de la edificación


Volumen teórico


Vivienda


Vivienda unifamiliar


Zona


Zona central


Zona de conservación histórica


Zona de Protección Costera


Zona norte


Zona sur


- Zona vertical de seguridad