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Arquitectura Diseñoy Construcción



ABOGADOS LABORALES

ORDENANZA GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCION

TITULO V
De la construccion
CAPITULO VI
Condiciones minimas de elementos de construccion no sopmetidos a calculo de estabilidad

3. Cuando las vigas principales reciben carga de dos entramados horizontales,
dispuestos uno a cada costado de ellas, deberán aumentarse las escuadrías
que se indican en la tabla del número 2. del presente artículo, de acuerdo a uno
de los siguientes procedimientos:

a) Duplicar la base de la viga, manteniendo su altura.

b) Aumentar la altura de la viga en un 40%, manteniendo su base.

4. Cuando las vigas principales reciben carga de un entramado horizontal,
dispuesto a uno de sus costados, afectado por una sobrecarga mayor de
1,5kPa (150 kgf/m2), pero menor de 3,0 kPa (300 kgf/m2), deberán aumentarse
las escuadrías indicadas en el número 2. del presente artículo, de acuerdo a
uno de los siguientes procedimientos:

a) Duplicar la base de la viga, manteniendo su altura.

b) Aumentar la altura de la viga en un 40%, manteniendo su base.

5. Cuando las vigas principales reciben carga de dos entramados horizontales,
dispuestos uno a cada costado de ellas, afectados por sobrecarga mayor de 1,5
kPa (150 kgf/m2), pero menor de 3 kPa (300 kgf/m2), deberán aumentarse las
escuadrías indicadas en el número 2. del presente artículo, de acuerdo a uno
de los siguientes procedimientos:

a) Duplicar la base y aumentar la altura en un 40%.

b) Duplicar la altura de la viga.

c) Cuadruplicar la base de la viga.


Artículo 5.6.11. Los diafragmas o tabiques (entramados verticales), deberán cumplir
con las exigencias que se fijan a continuación:

1. El espaciamiento máximo de los pies derechos será de 0,50 m entre ejes.

2. La distancia máxima entre ejes, de los travesaños o riostras, y entre éstos y las
soleras, será de 0,65 m.

3. La altura de los diafragmas de fachadas no deberá ser mayor de 3 m para cada
piso. Para estos efectos la altura del diafragma es la distancia vertical medida
entre los ejes de las soleras superior e inferior.

4. La escuadría de las soleras, diagonales y travesaños será igual a la escuadría
de los pies derechos. Las diagonales podrán cortar los pies derechos cuidando
mantener la continuidad estructural de éstos a las soleras.

5. Los diafragmas deberán estar dispuestos en dos direcciones ortogonales, con
espaciamientos máximos entre ejes de 3,6 m en cada dirección. Sin embargo,
cuando por necesidades de diseño, el distanciamiento de algún diafragma
tuviere que ser mayor, se deberá disponer de arriostramientos que eviten la
existencia de luces superiores a 3,6 m en las soleras superiores.

6. La distribución de estos elementos será preferentemente simétrica y uniforme,
en cuanto a materiales y dimensiones, con el objeto de evitar solicitaciones de
torsión en la estructura durante los sismos o bajo los efectos de ráfagas de
viento. En el caso de notoria asimetría o desuniformidad en la distribución de
los diafragmas, no serán aplicables las disposiciones de este artículo.

7. La longitud equivalente o longitud de los entramados verticales, medidos en
planta, necesarios para resistir las solicitaciones sísmicas o de viento, quedará
determinada en metros lineales, para cada una de las direcciones principales,
por la mayor longitud que se determine aplicando los procedimientos que se
describen más adelante.

En la longitud total de los diafragmas, determinada en la forma que se indica
más adelante, no se incluirán los tabiques cuya razón altura/longitud sea mayor
de 2,0 ó de 3,5 en el caso que posean revestimientos contrachapados o
entablados en diagonal, ni tampoco los vanos de puertas.

- Procedimiento Sísmico: La longitud equivalente, para cada una de las
direcciones principales, se obtendrá multiplicando la superficie cubierta del
proyecto, medida en metros cuadrados en planta, por el coeficiente que para
cada caso se indica en la siguiente tabla:

Para edificación de dos pisos o un piso con mansarda, la longitud equivalente
del primer piso se obtendrá aplicando el coeficiente 0,28 al área del primer piso
más el área del segundo piso o mansarda. La del segundo piso se obtendrá de
multiplicar la superficie del segundo piso por su coeficiente 0,27.

 

- Procedimiento por Presión de Viento: La longitud equivalente, para cada una de
las direcciones principales, se obtendrá multiplicando el área total medida en
metros cuadrados, obtenida de la proyección de la edificación sobre un plano
vertical, perpendicular a una dirección principal, por el coeficiente que para
cada caso se indica en la siguiente tabla:

8. Las escuadrías de los elementos de los diafragmas, medidas en milímetros, no
podrán ser inferiores a las que se indican en la siguiente tabla:

 

 

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