ABOGADOS LABORALES
ORDENANZA GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCION
TITULO II
De la planificacion
CAPITULO III
De los trazados viales urbanos
2.
Vía troncal:
a) Su rol principal es establecer la conexión
entre las diferentes zonas urbanas de
una intercomuna.
b) Sus calzadas permiten desplazamientos a
grandes distancias, con una
recomendable continuidad funcional en una
distancia mayor de 6 km. Velocidad
de Diseño entre 50 y 80 km/h.
c) Tiene alta capacidad de desplazamiento
de flujos vehiculares, mayor a 2.000
vehículos/hora, considerando ambos
sentidos.
d) Flujo predominante de locomoción
colectiva y automóviles. Restricción
para
vehículos de tracción animal
y humana.
e) Sus cruces con otras vías o circulaciones
peatonales pueden ser a cualquier nivel,
manteniéndose la preferencia de esta
vía sobre las demás, salvo que
se trate de
cruces con vías expresas, las cuales
siempre son preferenciales. Sus cruces a
nivel con otras vías troncales deben
ser controlados.
f) Los cruces, paraderos de locomoción
colectiva, servicios anexos y otros
elementos singulares, preferentemente deben
estar distanciados a más de 500 m
entre sí.
g) Presenta una segregación funcional
parcial con su entorno. Servicios anexos sólo
con accesos normalizados.
h) Prohibición absoluta y permanente
del estacionamiento y la detención
de cualquier
tipo de vehículo en su calzada.
i) La distancia entre líneas oficiales
no debe ser inferior a 30 m.
j) El ancho mínimo de sus calzadas
pavimentadas, en conjunto, no debe ser inferior
a 14 m.
k) Puede estar conformada por un sólo
cauce, bidireccional, con o sin mediana, o
bien, puede constituirse un Sistema Troncal
conformado por un par de vías con
distinto sentido de tránsito, en que
cada una de ellas cumpla los siguientes
requisitos mínimos:
- Distancia entre líneas oficiales
no inferior a 20 m.
- Ancho de calzada pavimentada no inferior
a 7 m.
l) Deberán existir aceras a ambos costados,
cada una de ellas de 3,5 m de ancho
mínimo, en su condición más
desfavorable.
m) En el caso de existir ciclovías,
ellas deben ser ciclopistas.
3. Vía colectora:
a) Su rol principal es de corredor de distribución
entre la residencia y los centros de
empleo y de servicios, y de repartición
y/o captación hacia o desde la trama
vial de
nivel inferior.
b) Sus calzadas atienden desplazamientos a
distancia media, con una recomendable
continuidad funcional en una distancia mayor
de 3 km. Velocidad de Diseño entre
40 y 50 km/h.
c) Tiene capacidad de desplazamiento de flujos
vehiculares mayor a 1.500
vehículos/hora, considerando ambos
sentidos.
d) Flujo predominante de automóviles.
Restricciones para vehículos de tracción
animal.
e) Sus cruces con otras vías o circulaciones
peatonales pueden ser a cualquier nivel,
manteniéndose la preferencia de esta
vía sobre las demás, salvo que
se trate de
cruces con vías expresas o troncales,
los cuales deben ser controlados.
f) No hay limitación para establecer
el distanciamiento entre sus cruces con otras
vías.
g) Ausencia de todo tipo de segregación
con el entorno. Servicios anexos sólo
con
accesos normalizados.
h) Puede prohibirse el estacionamiento de
cualquier tipo de vehículos en ella.
i) La distancia entre líneas oficiales
no debe ser inferior a 20 m.
j) El ancho mínimo de sus calzadas
pavimentadas, en conjunto no debe ser inferior
a 14 m. 1
k) Puede estar conformada por un sólo
cauce, bidireccional, con o sin mediana, o
bien, puede constituirse un sistema colector
conformado por un par de vías con
distinto sentido de tránsito, en que
cada una de ellas cumpla los siguientes
requisitos mínimos:
- Distancia entre líneas oficiales
no inferior a 15 m.
- Ancho de calzada pavimentada no inferior
a 7 m.
Ordenanza general de urbanismo y construcciones
Ley general de urbanismo y construcciones
Colegio de arquitectos de Chile
Arquitecto - Regularizaciones - Diseño de Casas
Definiciones Ordenanza general urbanismo y Construcciones