ABOGADOS LABORALES
ORDENANZA GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCION
TITULO V
De la construccion
CAPITULO I
De los permisos de edificacion y
sus tramites
En
la etapa de anteproyecto, la contratación
de un Revisor
Independiente siempre será voluntaria
por parte del propietario, aún cuando
se trate de un edificio de uso público.
Artículo 5.1.6. Para
la obtención del permiso de edificación
de obra nueva se
deberán presentar al Director de Obras
Municipales los siguientes documentos, en
un
ejemplar:
1. Solicitud firmada por el propietario y
el arquitecto proyectista, indicando en ella
o
acompañando, según corresponda,
los siguientes antecedentes:
a) Lista de todos los documentos y planos
numerados que conforman el
expediente, firmada por el arquitecto proyectista.
b) Declaración simple del propietario
de ser titular del dominio del predio.
c) Las disposiciones especiales a que se acoge
el proyecto, en su caso.
d) Los profesionales competentes que intervienen
en los proyectos.
e) Si el proyecto consulta, en todo o parte,
edificios de uso público.
f) Si cuenta con informe favorable de un Revisor
Independiente y la
individualización de éste.
g) Si cuenta con informe favorable de Revisor
de Proyecto de Cálculo Estructural
y la
individualización de éste.
h) Si cuenta con anteproyecto aprobado y vigente
que haya servido de base para el
desarrollo del proyecto, acompañando
fotocopia de la resolución de aprobación.
2. Fotocopia del Certificado de Informaciones
Previas vigente o bien del que sirvió
de base para desarrollar el anteproyecto vigente
y de la plancheta catastral si ésta
hubiere sido proporcionada .
3. Formulario único de estadísticas
de edificación.
4. Informe del Revisor Independiente, cuando
corresponda, o del arquitecto
proyectista, bajo declaración jurada,
en los casos de permisos de construcción
de
un proyecto referido a una sola vivienda o
a una o más viviendas progresivas o
infraestructuras sanitarias.
5.
Informe favorable de Revisor de Proyecto de
Cálculo Estructural, cuando
corresponda su contratación.
6. Certificado de factibilidad de dación
de servicios de agua potable y alcantarillado,
emitido por la empresa de servicios sanitarios
correspondiente. De no existir
empresa de servicios sanitarios en el área
se deberá presentar un proyecto de
agua potable y alcantarillado, aprobado por
la autoridad respectiva.
7. Planos de arquitectura numerados, que deberán
contener :
a) Ubicación del predio, señalando
su posición relativa respecto de los
terrenos
colindantes y espacios de uso público.
Esta información gráfica podrá
consultarse
dentro del plano de emplazamiento.
b) Emplazamiento de el o los edificios, en
que aparezca su silueta en sus partes más
salientes, debidamente acotada y con indicación
de sus distancias hacia los
deslindes respectivos o entre edificios, si
correspondiera, incluyendo los puntos de
aplicación de rasantes y sus cotas
con relación al nivel de suelo natural.
En este
plano se indicarán, además,
los accesos peatonales y vehiculares desde
la vía
pública.
c) Planta de todos los pisos, debidamente
acotadas, señalando los accesos
especiales para personas con discapacidad
y él o los destinos contemplados. Las
cotas deberán ser suficientes para
permitir calcular la superficie edificada
de cada
planta.
d) Cortes y elevaciones que ilustren los puntos
más salientes de la edificación,
sus
pisos y niveles interiores, la línea
de suelo natural y la rectificada del proyecto,
las rasantes en sus puntos más críticos
con indicación de sus cotas de nivel,
salvo que se ilustren en plano anexo, sus
distanciamientos y la altura de la
edificación. En caso que haya diferencias
de nivel con el terreno vecino o con
el espacio público, se indicarán
las cotas de éstos y el punto de aplicación
de
las rasantes. Si se tratare de edificación
continua, se acotará la altura de ésta,
sobre la cual se aplicarán las rasantes
respectivas a la edificación aislada
que
se permita sobre ella. Los cortes incluirán
las escaleras y ascensores si los
hubiere, las cotas verticales principales
y la altura libre bajo las vigas.
e) Planta de cubiertas.
f) Plano de cierro, cuando el proyecto lo
consulte.
Ordenanza general de urbanismo y construcciones
Ley general de urbanismo y construcciones
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Arquitecto - Regularizaciones - Diseño de Casas
Definiciones Ordenanza general urbanismo y Construcciones